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La Corte Constitucional emitió un fallo donde obliga a las Eps a brindar el servicio de cuidador personalizado y a domicilio a enfermos graves o terminales.
La decisión se toma como respuesta a la tutela interpuesta por María Mercedes Cruz que sufre una enfermedad terminal sumada a la perdida de su visión, no puede realizar las actividades diarias y necesita de cuidados por doce horas.
El documento de la Corte, señala lo siguiente “Requiere de atenciones que, si bien no fueron designadas por su médico tratante, se encuentran directamente ligadas con el acompañamiento para el tratamiento de sis patologías, su cuidado personal y su compañía durante el día, indispensables para garantizar la estabilidad de su condición de salud.
Con la medida adoptada las Eps deberán garantizar el servicio de cuidador a los enfermos graves cuando las familias no cuenten con los recursos, se le afecte su derecho al trabajo o a la educación.