La Corte Constitucional le ordenó a las EPS a garantizar el derecho a la reconstrucción de senos a las mujeres que padecieron cáncer de mama.
El alto tribunal argumentó, en un fallo de tutela, que ese procedimiento no es calificado como estético ya que busca la rehabilitación de la persona que sufrió de cáncer.
El fallo tiene que ver con una tutela que instauró una mujer identificada como María Nydia Bustamante contra la EPS Cosmitet Ltda, que le negó el procedimiento.
La corte además agregó que agregó que esa empresa promotora de salud puso en riesgo la salud mental de la paciente al impedirle la reconstrucción de seno.