MinSalud decreta nuevas reglas para incapacidades médicas

El Ministerio de Salud por medio de un decreto reglamentó las condiciones en las cuales se reglamentan las incapacidades en el país, luego de que se abriera la posibilidad de ampliar de 180 a 340 días el trámite de calificación de una incapacidad por invalidez. 

El ministerio señaló que las EPS deben adelantar una revisión de las incapacidades en un plazo de 60 días, además, deberán detectar los casos en los cuales la rehabilitación y recuperación de los pacientes en casos específicos superen los previstos inicialmente, a los cuales nombran como pacientes de incapacidad prolongada. 

El documento entregado por la entidad indica, que los pacientes reciban un plan integral de tratamiento, monitoreo y evaluación en el proceso de recuperación, el cual debe valorarse cada 60 días calendario en relación con la incapacidad laboral, con el fin de establecer el tiempo de la misma y la evolución de la persona. 

Igualmente, en el decreto el Ministerio afirmó que en la historia clínica de la persona deben estar uno a uno los seguimientos del tratamiento tanto médico como odontológico y ponerlo en conocimiento de la EPS o AFP que esté a cargo del pago de la incapacidad según sea el caso.